Talero 375 Piso 3 Ofic. A, Neuquén, AR

Novedades

Más de 370.000 Monotributistas no tienen domicilio fiscal electrónico

El 20 de diciembre termina el plazo para adherir al domicilio fiscal electrónico por parte de los monotributistas, y hasta ahora, de un universo de 2.870.000 pequeños contribuyentes, restan ingresar al régimen 376.000, informó la AFIP.

Es muy importante cumplir con esta obligación ya que de no ser así la AFIP bloqueará la constancia de opción al Monotributo al contribuyente y no podrá obtenerla desde la pagina del organismo.

Este domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que se practiquen por esta vía.

Podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas, los siguientesactos administrativos:

– Las liquidaciones impositivas de oficio.

– Las citaciones, notificaciones, emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o de pago.

– Toda otra citación, notificación, emplazamiento o intimación emitidas por AFIP vinculadas con los servicios web a los que hubiere adherido el contribuyente y/o responsable.

Es decir que el fisco está facultado para poder comunicar en dicho domicilio todo lo que considere necesario, lo cual resultará totalmente válido a efectos de notificar fehacientemente esas comunicaciones.

Para notificarse, los contribuyentes y/o responsables, deberán ingresar al servicio e-ventanilla disponible con clave fiscal.

Un punto muy importante a tener en cuenta es cuando la AFIP considera que un acto administrativo comunicado informáticamente se considera como notificado. Lo que ocurra primero:

– El día que el contribuyente, responsable y/o persona debidamente autorizada, proceda a la apertura del documento digital que contiene la comunicación, mediante el acceso a la opción respectiva de e-ventanilla, o el siguiente hábil administrativo, si aquél fuere inhábil.

– Los días martes y viernes inmediatos posteriores a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encontraran disponibles en el servicio e-ventanilla, o el día siguiente hábil administrativo, si alguno de ellos fuere inhábil.

Es decir que no es excusa la no lectura de las comunicaciones al domicilio fiscal electrónico.

Por este motivo, la AFIP recomienda asociar una dirección de correo electrónico al domicilio electrónica donde recibir la alerta “Usted tiene una notificación en su e-ventanilla”. El contenido sólo se puede leer con clave fiscal.

Compartir en:
Scroll al inicio