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Pymes tienen más tiempo para tramitar el certificado que les da beneficios fiscales

El Gobierno extendió la vigencia del “Certificado Mipyme” hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. Anteriormente su vencimiento operaba el último día del tercer mes posterior al cierre del ejercicio fiscal.

Quienes deseen acceder al mencionado registro a fin de categorizarse como Micro, Pequeña o Mediana Empresa deberán hacerlo ingresando con clave fiscal en la pagina de AFIP accediendo al servicio denominado “Pymes Solicitud de Categorización y/o Beneficios Fiscales” mediante la presentación de una declaración jurada de ventas.
Una vez aprobada la categorización se emitirá el certificado de acreditación de la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa, el cual deberá ser renovado anualmente a partir del primer día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante y hasta el último día de dicho mes.

La vigencia de la norma resulta de aplicación para los ejercicios fiscales con cierre en diciembre 2017 en adelante.

Esto se estableció con la Resolución 74/2018, publicada en el Boletín Oficial el último día de febrero, extendiendo la vigencia del Certificado MiPyme para los ejercicios cerrados a partir de diciembre 2017.

Cabe recordar que este certificado sirve para obtener multiples beneficios fiscales tanto a nivel nacional como provincial ya que son varias las jurisdicciones que lo solicitan para acceder a bonificaciones o reducciones impositivas.

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