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Beneficios de AFIP a quienes blanquean fondos para la construcción

¿Sabes qué beneficios proporciona la AFIP a quienes blanquean fondos para la construcción?

No tendrán obligación de especificar el origen de los fondos ni la fecha de adquisición de los mismos.

Estarán eximidos de pagar los impuestos que no declararon con anterioridad.

El total del importe declarado estará eximido de Ganancias, de IVA, del impuesto a las Transferencia de Inmuebles, del impuesto sobre los Débitos y Créditos, de Bienes Personales y de impuestos internos. En el caso de las sociedades, los socios tampoco pagarán Ganancias.

El monto declarado pagará un impuesto especial.

La alícuota variará según la fecha en la que el contribuyente se adhiera al programa y deposite el dinero en una cuenta bancaria específica:

Adhesión desde el 22/08/2022 hasta 19/11/2022: la alícuota del impuesto especial será del 5%.
Adhesión desde el 20/11/2022 hasta 17/02/2023: la alícuota del impuesto especial será del 10%.
Adhesión desde el 18/02/2023 hasta 17/08/2023: la alícuota del impuesto especial será del 20%

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