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Qué beneficios y dificultades traerá la venta de dólares en comercios

La ampliación del negocio cambiario a comercios y personas físicas dispuesta por el Banco Central debería tener un “impacto positivo” en la economía no sólo porque simplifica una operatoria que forma parte de la vida cotidiana de individuos y empresas, sino porque reduce la especulación y elimina la informalidad de ese mercado.

Además, incorpora una posibilidad de ingresos adicionales para los comercios que lo deseen y podría reducir los márgenes entre compra y venta del valor de la divisa.

En el interior del país, donde hay pocos bancos y el precio del dolar suele ser más elevado, la medida podría nivelar los valores con las grandes ciudades porque aumentará la oferta y habrá más lugares habilitados para comprar.

También blanquea un mercado que tenía un sinnúmero de actores ilegales y los obligará a formalizarse para que el público encuentre más seguro comprar en comercios.

 

En el caso del turismo internacional, la medida es muy positiva porque facilita la operatoria y vuelve más atractiva a la Argentina por la reducción de trabas a la compra y venta de las divisas.

Hay que ver cómo se reglamenta para no facilitar operaciones de blanqueo de dinero producto de narcotráfico venta ilegal de mercaderías en lugares no habilitados.

El Banco Central sancionó este jueves un nuevo marco normativo para habilitar a partir de marzo a comercios y personas físicas, a través de un trámite rápido, a operar en el mercado de cambio de divisas.

De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo, con lo que se facilita el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros.

Mediante el decreto 27/18, se dispuso que las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el mercado libre de cambios podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

Con esta inscripción podrán operar en el mercado cambiario. Este es un mercado regulado. Si no se registra se está fuera de la ley.

La norma apunta a tener un mercado más transparente y con mayor competitividad, y parece que ésta es una medida que toma el BCRA para combatir los arbolitos y aumentar la competitividad en el mercado financiero.

También podrán incorporarse al Registro las personas físicas que previamente hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

 

 

Las dificultades de incorporación estarán dadas fundamentalmente por el tema de la seguridad. Probablemente habra que tener un lugar totalmente independiente y personal especializado.

 

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