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Lado Oculto de la Reforma Tributaria Parte II

En la presentación de la reforma impositiva del ministro de Hacienda, se hizo mención al Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas respecto de los siguientes aspectos:

I – se gravará la Renta Financiera mediante la eliminación de las exenciones vigentes: al 15% cuando los títulos estén en dólares o indexados por inflación, y al 5% cuando sean en pesos no indexados.

El principal argumento del Gobierno radica en que en ningún país de la OCDE estas rentas están exentas. Además de que, históricamente, se benefician rentas netamente financieras por sobre rentas de la economía real (que pagan impuesto).

Si bien aun no es norma vigente, es necesario para los inversores, ir haciendo planificación al respecto para diversificar o adecuar las mismas para minimizar la carga.

II – Se elimina el “ITI” (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles del 1,5%) y, en sustitución, se gravará, al 15%, el resultado de la venta de las segundas viviendas (no casa habitación) o con fines de lucro, que hayan sido compradas luego de la vigencia de la reforma.

Si bien es acertada la eliminación del “ITI”, que es un impuesto muy perjudicial para la gente más humilde y las clases medias; entendemos que, la aplicación (y fiscalización) de este nuevo impuesto, no será tan sencilla.

Al igual que en el caso de inversiones, hay que planificar e idear políticas para no pagarlo (como, por ejemplo, registrar los inmuebles a nombre de familiares, para no contar con segundas viviendas).

III – Se equiparará la deducción especial para trabajadores autónomos (independientes) con la vigente para empleados en relación de dependencia.

Esta medida es sumamente celebrada. Después de tantos años de reclamos, se terminará con una discriminación en contra de los profesionales, los oficios, etc, que al no contar con un sindicato que presionara habian sido dejados al margen de las correcciones realizadas para los empleados.

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