????La recategorización del monotributo está habilitada hasta mañana, 20 de enero, para esto los y las contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos doce meses para compararlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en monotributo.afip.gob.ar.
????No corresponde recategorizar si transcurrieron menos de 6 meses de la pasada inscripción en el régimen simplificado.
????¿Cómo pagar la cuota del monotributo?
Se debe utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. Las opciones de pago habilitadas por la AFIP son:
-A través de la página de la AFIP: se debe ingresar con la clave fiscal y generar el VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributista y Autónomos.
-A través de homebanking.
-A través de Mercado Pago.
-Billetera electrónica: En este caso solo para cancelar obligaciones propias, no de terceros. Los monotributistas deben ingresar al “Sistema de cuentas tributarias”, opción “Transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”.


