Se conoció un proyecto de ley que establece adecuaciones al régimen de Monotributo y también para los Autónomos. Para monotributistas se establece que se incrementen en un 29% los montos máximos de facturación de cada categoría, los cuales quedarían con los siguientes valores:
👉Para servicios- Ingresos Brutos hasta:
Categoría A: $601.959,49
Categoría B: $894.804,65
Categoría C: $1.252.726,50
Categoría D: $1.724.532, 59
Categoría E: $2.277.684,56
Categoría F: $2.847.105,70
Categoría G: $3.416.526,83
Categoría H: $4.229.985,60
👉Para ventas de bienes -Ingresos Brutos hasta:
Categoría I: $4.734.330, 03
Categoría J: $5.425.770, 00
Categoría K: $6.019.594, 89
Para los autónomos (profesionales, comerciantes unipersonales, oficios, etc.) se establece una modificación en el Impuesto a las Ganancias reglando que la Deducción Especial actual se incrementa el monto de la misma a $ 757.694,20 lo cual sumado a las restantes deducciones de ley arroja que un Autonomo Soltero va a pagar Ganancias a partir de una renta neta de$ 84.188 mensuales o $ 1.010.259 anuales y un Autonomo Casado con dos hijos va a pagar a partir de una renta neta de $ 123.600 mensuales o $ 1.483.200 anuales.
𝐄𝐬𝐭𝐮𝐝𝐢𝐨 𝐂𝐚𝐫𝐥𝐨𝐬 𝐒𝐨𝐭𝐨
🤳🏻0299 402-3425