La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del impuesto a las ganancias del año 2023 hasta el 30 de junio.
Detalles Clave:
- Nuevo plazo: Los trabajadores tienen hasta el 30 de junio para presentar el formulario F.572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.
- Plazo anterior: Anteriormente, la fecha límite había sido extendida hasta el 31 de mayo por la Resolución General AFIP 5507.
- Plazo para agentes de retención: Los agentes de retención tienen hasta el 31 de julio para realizar la liquidación anual del gravamen.
Impacto en los trabajadores:
- Retención y reintegro: El importe determinado en la liquidación anual será retenido o reintegrado en el primer pago posterior a la liquidación o en los siguientes pagos hasta el 9 de agosto.
- Fechas de vencimiento: El importe debe informarse e ingresarse hasta las fechas de vencimiento establecidas en agosto de 2024, consignando como fecha de retención el 31 de julio.
Objetivo de la norma:
La extensión del plazo busca brindar seguridad jurídica respecto de la liquidación anual del impuesto a las ganancias del año 2023.