Con la llegada de junio, se aproxima la fecha de pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) para todos los trabajadores registrados, incluidos los empleados domésticos. Esto es importante porque:
- Obligación legal: Los empleadores deben cumplir con el pago del SAC según la Ley 26.844, que regula el régimen especial para empleados domésticos.
- Cálculo correcto: Saber cómo calcular el medio aguinaldo asegura que los empleados domésticos reciban lo que les corresponde, evitando conflictos laborales.
- Fecha de pago: Conocer cuándo debe abonarse la primera cuota del SAC permite a los empleadores organizar sus finanzas y cumplir con sus obligaciones a tiempo.
Detalles Clave:
¿Cuánto corresponde abonar?
- Cálculo: Se considera el mejor sueldo del último semestre (enero-junio). La primera cuota del SAC es el 50% de ese salario.
- Ejemplo: Si el mejor salario es $100.000, se debe abonar $50.000.
- Conceptos incluidos: Remuneración, horas suplementarias, gratificaciones, presentismo, vacaciones, antigüedad, viáticos sin comprobantes, comisiones, propinas.
¿Qué pasa si trabajó menos de 6 meses?
- Proporcionalidad: El SAC se calcula proporcional al tiempo trabajado.
- Ejemplo: Si trabajó 4 meses y el mejor salario fue $100.000, se abona $33.335 (66,67% del 50% del mejor salario).
¿Qué sucede si solo trabaja unas horas por semana?
- Igual cálculo: Se aplica el mismo método de cálculo, independientemente del tiempo o tipo de tarea realizada.
- Ejemplo: Mejor salario del semestre x 50%.
¿Cuándo debe abonarse?
- Fechas de pago: Las dos cuotas del SAC se abonan al finalizar los semestres de junio y diciembre.
- Ley Artaza: No se aplica para empleados domésticos; no es obligatorio pagar el SAC antes del 18 de diciembre.